Español | English

Caso CONADE

En 2021 TOJIL logró que un Magistrado integrante del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito reconociera a nuestra organización como víctima de delitos de corrupción dentro de un procedimiento penal relacionado con la Titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE) y otros servidores públicos.

En febrero de 2020 la Auditoria Superior de la Federación (ASF) detectó irregularidades en el manejo de los recursos de la Comisión Nacional de Cultura y Deporte (CONADE). Por ende, en marzo del 2020 TOJIL y Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) presentamos una denuncia por posibles hechos de corrupción en contra de la Titular de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, Ana Gabriela Guevara Espinoza y otros Servidores Públicos y empresas que posiblemente desviaron aproximadamente 50.8 millones de pesos mexicanos del fideicomiso “Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento” (FODEPAR).

La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General de la República y posteriormente un Juzgado de Distrito negaron la calidad de victima a TOJIL argumentando que no existía un daño o menoscabo en la esfera jurídica de la organización. En esencia, ambas autoridades consideraron que la comisión del delito no había vulnerado ningún derecho de la organización, ya que ésta no era titular de ningún bien jurídico colectivo.

Inconforme con la anterior determinación, en octubre de 2021 interpusimos un recurso de revisión para que un Tribunal Colegiado analizara el caso. En diciembre de 2021 un Tribunal Colegiado resolvió por mayoría de votos confirmar la resolución del juez de distrito. Sin embargo, Magistrado Ricardo Paredes Calderón emitió un voto disidente, en el que reconoció  la existencia de bienes jurídicos colectivos y el carácter de víctimas de corrupción a organizaciones sociales cuando se trate de casos de corrupción. En palabras del propio Magistrado:

“La ciudadanía y organizaciones de la sociedad pueden participar de forma activa en el procedimiento. De lo contrario, si únicamente se les considera como denunciantes y no como partes en el procedimiento, se les limitaría a ser meros espectadores del desarrollo de la investigación penal, cuando lo que se pretende actualmente es otorgarles una participación más relevante en la vigilancia de la acción de las autoridades que investigan y combaten hechos de corrupción.”

“Desde esta óptica, considero que la administración pública (y su correcto funcionamiento) son bienes jurídicos que mantienen una estrecha vinculación con los ciudadanos, así como con valores constitucionalmente salvaguardados, tales como el régimen democrático, la eficiencia, eficacia, transparencia y honradez, pues el funcionamiento adecuado de las instituciones y la administración pública está inexorablemente ligado a unos intereses que le doten de sentido; intereses generales que son relativos a todos los ciudadanos y no a intereses de un grupo en particular.”

En TOJIL celebramos ampliamente el criterio del Magistrado Ricardo Paredes Calderón, el cual representa un paso enorme en favor de que la sociedad civil se transforme en un real y efectivo contrapeso para lograr la justicia en los casos de corrupción que afectan a todas las personas.

Publicaciones relacionadas

Comentarios

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *