{"id":242454,"date":"2023-07-30T03:57:11","date_gmt":"2023-07-30T03:57:11","guid":{"rendered":"https:\/\/tojil.org\/?p=242454"},"modified":"2024-11-21T04:25:36","modified_gmt":"2024-11-21T04:25:36","slug":"caso-duarte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tojil.org\/en\/caso-duarte\/","title":{"rendered":"CASO DUARTE"},"content":{"rendered":"\n<p>En 2019 TOJIL logr\u00f3 una emblem\u00e1tica sentencia en la que un juez de amparo reconoci\u00f3 a la organizaci\u00f3n como v\u00edctima de delitos de corrupci\u00f3n dentro de un procedimiento penal relacionado con el exgobernador Javier Duarte. En resumen, esta sentencia determin\u00f3 que las organizaciones de la sociedad civil pueden fungir como un real y efectivo contrapeso para lograr justicia en los casos de corrupci\u00f3n que nos afectan a todas las personas<\/p>\n\n\n\n<p>Como gobernador de Veracruz, Javier Duarte fue se\u00f1alado por el desv\u00edo de m\u00e1s de 3 mil 616 millones de pesos que originalmente estaban destinados a servicios p\u00fablicos. Estos hechos se dieron a conocer a trav\u00e9s de diversas investigaciones period\u00edsticas. Ante la ola de acusaciones, en 2016 Duarte huy\u00f3 a Guatemala y al a\u00f1o siguiente fue extraditado a M\u00e9xico y posteriormente vinculado a un proceso por lavado de dinero y delincuencia organizada, por lo que a partir de ese momento permaneci\u00f3 en prisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image aligncenter size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"598\" height=\"371\" src=\"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/Imagen-12.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-242456\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Los fiscales a cargo del caso modificaron el delito de delincuencia organizada por el de asociaci\u00f3n delictuosa, el cual amerita una pena significativamente inferior. Con esta modificaci\u00f3n Javier Duarte logr\u00f3 \u201cnegociar\u201d con la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica una condena reducida a cambio de aceptar los nuevos cargos. Finalmente, Duarte fue condenado \u00fanicamente a 9 a\u00f1os de prisi\u00f3n y una multa de 58 mil pesos, sin ninguna reparaci\u00f3n del da\u00f1o ni esclarecimiento de los hechos en un juicio p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>Considerando lo anterior y las propias declaraciones p\u00fablicas de Duarte, resulta evidente que este acuerdo constituy\u00f3 un nuevo acto de corrupci\u00f3n entre el exgobernador y los fiscales a cargo del caso, pues la condena reducida se obtuvo de manera ilegal con el fin de evadir el juicio y una sanci\u00f3n mayor. Por lo anterior, en octubre de 2018 TOJIL present\u00f3 una denuncia en su contra al advertir que los funcionarios pudieron haber cometido el delito de cohecho al haber ofrecido a Duarte el beneficio de un procedimiento abreviado de manera ilegal. Adem\u00e1s, TOJIL solicit\u00f3 a la Fiscal\u00eda que reconociera a la organizaci\u00f3n como v\u00edctima al tratarse de delitos de corrupci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image aligncenter size-full\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"598\" height=\"303\" src=\"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/Imagen-13.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-242457\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>La Fiscal\u00eda neg\u00f3 la calidad de v\u00edctima a la organizaci\u00f3n y, por ende, TOJIL emprendi\u00f3 una batalla legal en instancias federales que gener\u00f3 un precedente sumamente relevante en la lucha anticorrupci\u00f3n en nuestro pa\u00eds. En una resoluci\u00f3n hist\u00f3rica, un Juez de Distrito reconoci\u00f3 el car\u00e1cter de v\u00edctima por da\u00f1os colectivos a una organizaci\u00f3n de la sociedad civil por primera vez en M\u00e9xico. Sin embargo, este precedente fue revocado por un Tribunal Colegiado posteriormente.<\/p>\n\n\n\n<p>TOJIL considera que la negativa de las autoridades mexicanas a reconocer nuestro car\u00e1cter v\u00edctimas vulner\u00f3 en nuestro perjuicio diversos derechos humanos reconocidos en la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos, por ejemplo, nuestro derecho a defender los derechos humanos. Por ende, en julio de 2020 presentamos una petici\u00f3n inicial ante la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que este caso pueda ser analizado en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.<\/p>\n\n\n\n<p>Inicialmente, la CIDH determin\u00f3 no tramitar el caso. En consecuencia, en enero de 2022, interpusimos una solicitud de reestudio de petici\u00f3n inicial. Actualmente el caso se encuentra en proceso de admisibilidad, lo cual implica que el caso ya fue aperturado a tr\u00e1mite mediante la transmisi\u00f3n de la petici\u00f3n al Estado Mexicano y estamos en espero del informe de admisibilidad. En caso de resultar favorable, este caso podr\u00eda cambiar completamente la realidad de la lucha anticorrupci\u00f3n en M\u00e9xico y Latinoam\u00e9rica al permitir la participaci\u00f3n de la sociedad en la lucha anticorrupci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>30 de julio de 2023<\/p>\n<p>En 2019 TOJIL logr\u00f3 una emblem\u00e1tica sentencia en la que un juez de amparo reconoci\u00f3 a la organizaci\u00f3n como v\u00edctima de&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":242460,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"off","_et_pb_old_content":"<!-- wp:paragraph -->\n<p>En 2019 logramos una emblem\u00e1tica sentencia en la que un juez de amparo reconoci\u00f3 a TOJIL como v\u00edctima de delitos de corrupci\u00f3n dentro de un procedimiento penal relacionado con el ex gobernador Javier Duarte, lo que permite a las organizaciones a ser un real y efectivo contrapeso para lograr justicia en los casos de corrupci\u00f3n que nos afectan a todos.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>Como gobernador de Veracruz, Javier Duarte fue se\u00f1alado por el desv\u00edo de m\u00e1s de 3 mil 616 millones de pesos que originalmente estaban destinados a servicios p\u00fablicos. Estos hechos se dieron a conocer a trav\u00e9s de diversas investigaciones period\u00edsticas. Ante la ola de acusaciones, en 2016 Duarte huy\u00f3 a Guatemala y al a\u00f1o siguiente fue extraditado a M\u00e9xico, donde en una audiencia preliminar fue vinculado a un proceso por lavado de dinero y delincuencia organizada, por lo que a partir de ese momento permaneci\u00f3 en prisi\u00f3n. Sin embargo, los fiscales a cargo del caso modificaron el delito de delincuencia organizada por el de asociaci\u00f3n delictuosa el cual tiene una pena mucho menor.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:image {\"align\":\"center\",\"id\":242456,\"sizeSlug\":\"full\",\"linkDestination\":\"none\"} -->\n<figure class=\"wp-block-image aligncenter size-full\"><img src=\"https:\/\/tojil.org\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/Imagen-12.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-242456\"\/><\/figure>\n<!-- \/wp:image -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>Este cambio se dio en el marco de una solicitud ilegal por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera. Con esta modificaci\u00f3n Javier Duarte logr\u00f3 \u201cnegociar\u201d con la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica una condena reducida (que pudo haber sido de m\u00e1s de 25 a\u00f1os) a cambio de aceptar los nuevos cargos, cuya sentencia se determin\u00f3 en 9 a\u00f1os de prisi\u00f3n y una multa de 58 mil pesos, sin ninguna reparaci\u00f3n del da\u00f1o ni esclarecimiento de los hechos en un juicio p\u00fablico.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>Considerando estas condiciones y las propias declaraciones de Duarte, resultaba evidente que este acuerdo era un nuevo acto de corrupci\u00f3n por parte del ex gobernador con los fiscales del caso a cambio de la obtenci\u00f3n de una condena reducida sin cumplir los requisitos normativos para obtenerla y as\u00ed evadir un juicio y una sanci\u00f3n mayor.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>El 1 de octubre de 2018, tras advertir que los funcionarios pudieron haber cometido el delito de cohecho al haber ofrecido a Duarte el beneficio de un procedimiento abreviado sin respetar la normatividad vigente, la organizaci\u00f3n TOJIL present\u00f3 una denuncia en contra de los fiscales del caso y en la misma solicit\u00f3 a la Fiscal\u00eda su reconocimiento como v\u00edctima al tratarse de delitos de corrupci\u00f3n, car\u00e1cter le fue negado en un principio.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:image {\"align\":\"center\",\"id\":242457,\"sizeSlug\":\"full\",\"linkDestination\":\"none\"} -->\n<figure class=\"wp-block-image aligncenter size-full\"><img src=\"https:\/\/tojil.org\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/Imagen-13.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-242457\"\/><\/figure>\n<!-- \/wp:image -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>Nuestra lucha jur\u00eddica dio como resultado que en una resoluci\u00f3n hist\u00f3rica se reconociera el car\u00e1cter de v\u00edctima colectiva a una organizaci\u00f3n de la sociedad civil por primera vez en M\u00e9xico, dando vida al precedente m\u00e1s importante en la lucha anticorrupci\u00f3n de nuestro pa\u00eds. Sin embargo, posteriormente se revoc\u00f3 dicha resoluci\u00f3n, y en consecuencia las \u201cTojiles\u201d acudimos ante la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que este caso pueda ser analizado. Actualmente estamos en espera de la admisi\u00f3n. Este caso podr\u00eda cambiar completamente la realidad de la lucha anticorrupci\u00f3n para M\u00e9xico y toda Am\u00e9rica Latina.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[11],"tags":[],"class_list":["post-242454","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-litigios"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/242454","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=242454"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/242454\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":244311,"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/242454\/revisions\/244311"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/242460"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=242454"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=242454"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tojil.org\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=242454"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}